viernes, 5 de marzo de 2021

El sindicato de religión PREC pide el cese del coordinador de Enseñanza Religiosa de la Conferencia Episcopal Catalana

 El Sindicato PREC pide el cese de Pere Micaló, coordinador del Secretariado Interdiocesano de Enseñanza Religiosa de Cataluña (SIERC), por sus reiteradas declaraciones cuestionando la legitimidad de la enseñanza de la religión católica en las escuelas


Barcelona, 5 de marzo de 2021.- El sindicato PREC pide el cese del Sr. Pere Micaló, por sus reiteradas declaraciones públicas cuestionando la legitimidad de la enseñanza de la religión católica en aras de la imposición de una enseñanza de las religiones laica y obligatoria bautizada con el nombre de “Cultura religiosa”.

En julio de 2015, en un simposio para profesores de religión, el Sr. Micaló afirmó que el marco actual que garantiza la enseñanza de la religión católica era un “tinglado” que se aguantaba sobre la “Constitución del 78 y los acuerdos del 79” y que “lo que estorba, lo que incomoda, no es la religión en la escuela,sino la confesionalidad de esta religión en la escuela”*. El marco de las declaraciones fue un acto celebrado en Barcelona, organizado por el Obispado de la Seu d’Urgell y el Sindicato JUNTS, y en el que participaron la entonces Consejera de Enseñanza, Sra. Irene Rigau, y el presidente de ERC, Oriol Junqueras. Ambos aseguraban que, en la nueva república catalana, los profesores de religión impartirían la nueva asignatura de “Cultura religiosa” y así tendrían el trabajo asegurado.

Para PREC las declaraciones más graves fueron las que pronunció el Sr. Micaló -esta vez en el Seminario Conciliar de Barcelona- en un acto nuevamente organizado por el Sindicato JUNTS en noviembre de 2018, titulado “Mesa redonda sobre la Cultura Religiosa” en la que participó el actual Consejero de Educación catalán, Josep Bargalló, y en el que Micaló se mofó de la Iglesia afirmando que “tiene visión de eternidad pero no visión de futuro” y animaba al Consejero a “trabajar mucho, mucho en la sombra” para convencer “a quien debemos convencer”** -en clara referencia a los obispos- para forzar la aceptación de su proyecto de “Cultura religiosa”.

La semana pasada, el Ministerio de Educación dejó clara en la mesa técnica en la que participaban los sindicatos que representan al profesorado de religión de toda España, que la asignatura de “Cultura de la Religiones” -introducida en la LOMLOE por una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya - no la podrá impartir el profesorado de religión católica, como ya había avisado PREC por medio de un dictamen publicado en octubre de 2019.

El sindicato PREC ha decidido hacer pública su reclamación puesto que las decisiones que se pueden tomar desde el SIERC, afectan directamente a los derechos fundamentales de los menores y de sus familias y, indirectamente, a las condiciones laborales del profesorado de religión católica. 

Modelo educativo finlandés

PREC quiere recordar que en el sistema educativo de Finlandia -que es un referente mundial- no solo se garantiza la enseñanza de la religión luterana, católica e islámica, sino que se promueven estas enseñanzas confesionales como vacuna contra el nihilismo y contra el fanatismo religioso que fácilmente pueden conducir a la radicalización de los más jóvenes.


*Declaraciones de 2015

www.youtube.com/watch?v=bKC2BygYCa0

**Declaraciones de 2018

www.youtube.com/watch?v=p9RUcYBPdIk


Anexo

Legislación y jurisprudencia que avala la legitimidad de la enseñanza de la religión católica en la escuela

- Carta circular N. 520/2009 a los presidentes de las Conferencias Episcopales de la Congregación para la Educación Católica sobre la cultura religiosa:

www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccatheduc/documents/rc_con_ccatheduc_doc_20090505_circ-insegn-relig_sp.html

- Canon 799 del Código de Derecho Canónico: “Deben esforzarse los fieles para que, en la sociedad civil, las leyes que regulan la formación de los jóvenes provean también a su educación religiosa y moral en las mismas escuelas, según la conciencia de sus padres”.

Artículo 5 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza: “1. Los Estados Partes en la presente Convención convienen: b) En que debe respetarse la libertad de los padres o, en su caso, de los tutores legales, 2º de dar a sus hijos, según las modalidades de aplicación que determine la legislación de cada Estado, la educación religiosa y moral conforme a sus propias convicciones; en que, además, no debe obligarse a ningún individuo o grupo a recibir una instrucción religiosa incompatible con sus convicciones”.

Artículo 27.3 de la Constitución Española: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Artículo 21.2 del Estatut d’Autonomia de Catalunya: “Las madres y los padres tienen garantizado, de acuerdo con los principios establecidos por el artículo 37.4, el derecho que les asiste para que sus hijos e hijas reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones en las escuelas de titularidad pública, en las que la enseñanza es laica”.

Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2018, de 10 de abril de 2018: “en cuanto a la regulación de esta materia (religión católica), el legislador se ha movido dentro del marco jurídico que el artículo 27 CE en sus apartados primero y tercero le otorga, por lo que la opción sería perfectamente constitucional aunque no existiera el mencionado acuerdo con la Santa Sede”.