El Sindicato PREC pide el
cese de Pere Micaló, coordinador del Secretariado Interdiocesano de Enseñanza Religiosa
de Cataluña (SIERC), por sus reiteradas declaraciones cuestionando la
legitimidad de la enseñanza de la religión católica en las escuelas
Barcelona, 5 de marzo de 2021.- El sindicato PREC pide el cese
del Sr. Pere Micaló, por sus reiteradas declaraciones públicas cuestionando la
legitimidad de la enseñanza de la religión católica en aras de la imposición de
una enseñanza de las religiones laica y obligatoria bautizada con el nombre de
“Cultura religiosa”.
En julio de
2015, en un simposio para profesores de religión, el Sr. Micaló afirmó
que el marco actual que garantiza la enseñanza de la religión católica era un
“tinglado” que se aguantaba sobre la “Constitución del 78 y los acuerdos del
79” y que “lo que estorba, lo que incomoda, no es la religión en la escuela,sino la confesionalidad de esta religión en la escuela”*. El marco de
las declaraciones fue un acto celebrado en Barcelona, organizado por el
Obispado de la Seu d’Urgell y el Sindicato JUNTS, y en el que participaron la
entonces Consejera de Enseñanza, Sra. Irene Rigau, y el presidente de ERC,
Oriol Junqueras. Ambos aseguraban que, en la nueva república catalana, los
profesores de religión impartirían la nueva asignatura de “Cultura religiosa” y
así tendrían el trabajo asegurado.
Para PREC las declaraciones
más graves fueron las que pronunció el Sr. Micaló -esta vez en el
Seminario Conciliar de Barcelona- en un acto nuevamente organizado por el
Sindicato JUNTS en noviembre de 2018, titulado “Mesa redonda
sobre la Cultura Religiosa” en la que participó el actual Consejero de
Educación catalán, Josep Bargalló, y en el que Micaló se mofó de la Iglesia
afirmando que “tiene visión de eternidad pero no visión de futuro” y animaba al
Consejero a “trabajar mucho, mucho en la sombra” para convencer “a quien
debemos convencer”** -en clara referencia a los obispos- para forzar la
aceptación de su proyecto de “Cultura religiosa”.
La semana
pasada, el Ministerio de Educación dejó clara en la mesa técnica en la que
participaban los sindicatos que representan al profesorado de religión de toda
España, que la asignatura de “Cultura de la Religiones” -introducida en la
LOMLOE por una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya - no la podrá
impartir el profesorado de religión católica, como ya había avisado PREC por
medio de un dictamen publicado en octubre de 2019.
El sindicato
PREC ha decidido hacer pública su reclamación puesto que las decisiones que se
pueden tomar desde el SIERC, afectan directamente a los derechos fundamentales
de los menores y de sus familias y, indirectamente, a las condiciones laborales
del profesorado de religión católica.
Modelo educativo
finlandés
PREC quiere
recordar que en el sistema educativo de Finlandia -que es un referente mundial-
no solo se garantiza la enseñanza de la religión luterana, católica e islámica,
sino que se promueven estas enseñanzas confesionales como vacuna contra el
nihilismo y contra el fanatismo religioso que fácilmente pueden conducir a la
radicalización de los más jóvenes.
*Declaraciones de 2015
www.youtube.com/watch?v=bKC2BygYCa0
**Declaraciones de 2018
www.youtube.com/watch?v=p9RUcYBPdIk
Anexo
Legislación y
jurisprudencia que avala la legitimidad de la enseñanza de la religión católica
en la escuela
- Carta circular N. 520/2009 a los presidentes de las Conferencias
Episcopales de la Congregación para la Educación Católica sobre la cultura
religiosa:
www.vatican.va/roman_curia/congregations/ccatheduc/documents/rc_con_ccatheduc_doc_20090505_circ-insegn-relig_sp.html
- Canon 799 del
Código de Derecho Canónico: “Deben esforzarse los fieles para que, en la
sociedad civil, las leyes que regulan la formación de los jóvenes provean
también a su educación religiosa y moral en las mismas escuelas, según la
conciencia de sus padres”.
Artículo 5 de la
Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la
enseñanza: “1. Los Estados Partes en la presente Convención convienen: b) En
que debe respetarse la libertad de los padres o, en su caso, de los tutores legales,
2º de dar a sus hijos, según las modalidades de aplicación que determine la
legislación de cada Estado, la educación religiosa y moral conforme a sus
propias convicciones; en que, además, no debe obligarse a ningún individuo o
grupo a recibir una instrucción religiosa incompatible con sus convicciones”.
Artículo 27.3 de
la Constitución Española: “Los poderes públicos garantizan el derecho que
asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral
que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.
Artículo 21.2
del Estatut d’Autonomia de Catalunya: “Las madres y los padres tienen
garantizado, de acuerdo con los principios establecidos por el artículo 37.4,
el derecho que les asiste para que sus hijos e hijas reciban la formación
religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones en las escuelas de
titularidad pública, en las que la enseñanza es laica”.
Sentencia del
Tribunal Constitucional 31/2018, de 10 de abril de 2018: “en cuanto a la
regulación de esta materia (religión católica), el legislador se ha movido
dentro del marco jurídico que el artículo 27 CE en sus apartados primero y
tercero le otorga, por lo que la opción sería perfectamente constitucional
aunque no existiera el mencionado acuerdo con la Santa Sede”.